martes, 3 de noviembre de 2009

Acta de Octubre 09

Modificación del horario de entrada: La Empresa no quiere negociar.

Después de varias reuniones y una propuesta del Comité, donde éste situaba los temas sobre los que pretendía discutir, sin ninguna condición previa (transporte y compensación en días para los que se acojan a la medida, y garantías de las condiciones actuales para los que no se acojan), la Empresa nos deja claro que no negocia, que no reconoce el derecho a la negociación, ni la facultad de negociar de los trabajadores a través de sus representantes.
Amparándose en la voluntariedad y en una interpretación surrealista e interesada de la conciliación familiar, la Empresa pretende saltarse la legislación laboral. A través de las leyes se desprende el reconocimiento oficial de que en las relaciones entre trabajador y empresa no existe la igualdad, por lo que se sitúa la negociación colectiva como única herramienta para proteger los derechos de los trabajadores. Todos sabemos que en el trasfondo de las relaciones laborales existe siempre un sutil mecanismo coactivo (“es mejor que colabores, sino tendrá consecuencias negativas para ti”), que se acentúa en tiempos de crisis.
Al dirigirse individualmente a los trabajadores, para que acepten “voluntariamente” este cambio, quieren hacernos creer que es el trabajador quien elige libremente, cuando en realidad es la Empresa quien dispone libremente de él.
Es cierto que los que acepten van a trabajar las mismas horas, pero con un sobreesfuerzo añadido, al pasar a depender exclusivamente del vehiculo propio, recortar tiempo al sueño y aumentar el tiempo de desplazamiento al trabajo, por la mayor circulación de trafico a esas horas en el polígono (a las 14 h. es cuando salen todos los trabajadores de las empresas del polígono).
Para la Empresa el negocio es claro: por cada trabajador que se acoja, la Empresa gana cada día media hora más de trabajo. Una vez más, nosotros ponemos el esfuerzo y ellos recogen los beneficios, sin que obtengamos nada a cambio.
Creemos que con esta actitud la Empresa pierde una buena oportunidad para poner los cimientos de unas relaciones laborales basadas en el reconocimiento mutuo, y promover la negociación como instrumento valido para llegar a acuerdos. Nosotros, por nuestra parte, seguiremos trabajando por el reconocimiento de las funciones básicas del Comité y de los derechos de la plantilla a la que representamos.

Calendario 2010.

Actualmente estamos intentando negociar con la Empresa el Calendario para el año que viene, el cual pretende ser de continuidad, es decir, similar al de los últimos años. El punto de desacuerdo es en los puentes que queremos que sean fijos, es decir, que los disfrute toda la plantilla. Atendiendo al sondeo que hemos realizado entre la plantilla, ésta manifiesta que desea disfrutar el puente de San Juan (25 Junio), en lo que la Empresa está en desacuerdo, alegando que es época de máxima actividad productiva.
La intención de la Empresa es que sólo sea fijo el puente de la Constitución (7 Diciembre) y que los otros (11 Octubre y 25 Junio) los disfrute el trabajador mediante días de libre disposición, proponiendo 3 días, frente a los 2 que propone el Comité (fijando el de San Juan).
Por el momento no ha habido acuerdo, teniendo que esperar a la siguiente reunión a ver qué dice la Empresa. Al final, ésta siempre quiere imponer sus criterios productivos, sin tener en cuenta la voluntad de su plantilla.
Por otro lado, este año la Empresa pretende proponer, mediante acuerdos voluntarios, que los trabajadores disfruten sólo de dos semanas en Agosto, quedando la semana restante para disfrutar durante el año, fuera de la temporada de máxima producción (Julio-Septiembre). Nuevamente intentan justificar esta medida apelando a una hipotética Conciliación familiar y laboral, cuando la realidad es que lo que buscan es disponer del máximo de plantilla posible para trabajar en dicha temporada de máxima producción y ahorrarse así costes laborales en horas extras (retenes).
Nos parece una tomadura de pelo impresionante, ya que si realmente se tratase de Conciliación familiar a petición del trabajador, no existirían este tipo de limitaciones. ¿Vosotros que opinais?.