El pasado 14
de Enero tuvo lugar el juicio por la inaplicación del incremento salarial
pactado entre la patronal Feique y el sindicato CCOO, al que se adhirieron la
Dirección de la empresa y el Comité Intercentros el 24 de octubre de 2011.
En este pacto
se estipulaba un incremento del 1,5%, que tenia que entrar en vigor el 1 de
Enero de 2012. Tras varios meses de incumplir dicho acuerdo vinculante, y no
responder a los requerimientos del Comité, finalmente la Dirección anunció su
intención de no cumplirlo, iniciando el procedimiento de “descuelgue del
convenio”, justificándolo con la evolución negativa de las ventas.
Tras el
periodo de negociación que marca la ley,
en el que la parte sindical presenta dos propuestas, para escalonar en
el tiempo el cobro de dicho incremento, que fueron rechazadas por la Dirección,
la mayoría sindical del Comité (los delegados de CCOO), tras celebrar dos
asambleas generales de trabajadores, acuerda iniciar las acciones judiciales,
instando a la empresa al cumplimiento de lo acordado, ya que no se dieron,
durante el 2011, las condiciones
requeridas en el pacto del convenio para dicho descuelgue.
Desde ese
momento la Dirección decide lanzar una “cruzada” criminalizatoria contra la
sección sindical de CCOO, que culmina con las alocuciones que el Consejero
Delegado realiza el día 20 de noviembre, en
las que acusa públicamente a CCOO de estar contra la Empresa, le niega
su legitimidad, y se arroga en
representante legal de los trabajadores para velar “por el bienestar
de los mismos”, para finalmente
instar a los trabajadores a que firmen un documento donde se dice comprender y
apoyar la no aplicación del incremento pactado.
Pese a las muchas irregularidades de dicho acto, (presiones individuales, vulneración de la representatividad sindical, vulneración de la tutela judicial, etc..) y que debidamente fueron denunciados por escrito por parte de CCOO, y que la propia UGT reconocía en privado, la actitud de UGT ha sido la de situarse abiertamente en contra del acuerdo de adhesión al
pacto de convenio que ellos mismos firmaron y prestarse, durante el proceso de mediación y en el mismos juicio, a declarar como testigos de cargo de la Empresa, negando las irregularidades de las charlas del día 20. En definitiva a renunciar a ejercer lo que entendemos que es la labor sindical, es decir la defensa de los intereses de los trabajadores a los que representan.
Esto ocurre en una coyuntura económica
difícil para las empresas, pero mucho más difícil para los trabajadores, con un
aumento galopante de los precios de los productos básicos (agua, luz,
gasolina,etc.), con el aumento de impuestos directos e indirectos (iva, irpf) y
copago por todos los servicios públicos básicos (sanidad, educación, justicia,
etc.), y con férreos acuerdos de moderación salarial acordados por los “agentes
sociales”(Gobierno, patronal y sindicatos), que se trasladan directamente al
nuevo Convenio de Químicas que se está negociando, en el que ya está pactado una
subida salarial de 0% para los dos próximos dos años y que pueden convertirse
en cuatro, si éste no se renueva en el 2014.
Creemos que es irresponsable por nuestra
parte no cumplir el mandato imperativo de lo acordado en la Asamblea decisoria
de todos los trabajadores de Titán, del 23-04-2012, y renunciar al incremento
pactado. Así lo entendemos y así lo planteamos durante el juicio, cada parte
debe asumir sus acuerdos, porque así lo dictamina la ley. Los datos existentes
a Diciembre de 2011 indican que la buena marcha de la empresa no está en
riesgo, y la aplicación del 1,5% no supone ningún peligro para su estabilidad.
Durante el juicio, nuestro abogado recordó a la Empresa y a la Juez, que si
ésta nos da la razón, el incremento del IPC se lo
deberá abonar a todos los trabajadores, tanto a los que firmaron como a los que
no, ya
que eso es a lo que obliga la legislación vigente.
Nosotros no
somos responsables de esta crisis y no deberíamos permitir que el oportunismo
de la Dirección nos recorte nuestros derechos para aumentar sus beneficios.
Finalmente será la sentencia judicial la que confirmara si tenemos
razón; y si no es así, en último caso
habremos ejercido el derecho que nos corresponde.
Cuando salga
la sentencia, los trabajadores tendrán a su disposición el video completo del
juicio, para que todos puedan ver y oir todo lo que allí se dijo.

